ORDENANZA N°01-1997-CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y JULIO V. de FONT

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 01/97

VISTO:

         El Convenio suscripto entre el Municipio de José de San Martín, a través de su Intendente, Sr. Juan B. Baigorria y el Sr. Víctor Julio de Font D.N.I. Nº 14.270.493, y

CONSIDERANDO:

          Que el mismo se suscribe con la finalidad de otorgar en Concesión a la Estación de Servicios Municipal, cuyo funcionamiento y prestación de Servicios, resulta de vital importancia para la localidad,

           Que asimismo se dejan estipuladas las cláusulas, que hacen el compromiso asumido por las partes de conformidad,

            Que habiéndose considerado por este Cuerpo, no existe impedimento para la ratificación de dicho Convenio.-

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Apruébese y ratificase en todos sus términos, el Convenio de Concesión, suscripto entre la Municipalidad de José de San Martín, y el Sr. Víctor Julio de Font.-

Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, cumplido Archivase.-

                        Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 27 días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 01/97.-

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