ORDENANZA N°30-1996-PROYECTO PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y RECURSOS

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 30/96

VISTO:

        El proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos, y

CONSIDERANDO:

       Que se han tenido en cuenta las disposiciones reglamentarias que rigen la materia, las posibilidades de ingresos y las necesidades administrativas y de la comunidad,

POR ELLO:

       El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Fijase en la suma de pesos CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIEN ( $ 488.100,00 ), el total de erogaciones del presupuesto General de la Municipalidad de José de San Martín, para el ejercicio 1996, que detalla la planilla anexa Nº 1, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 2º.- Estimase en la suma de pesos CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIEN ($ 488.100,00 ), el total del Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º de acuerdo al detalle que figura en la planilla anexa Nº 2, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, podrá disponer las reestructuraciones que considere necesarias, dentro del total de erogaciones fijadas en el artículo 1º con las siguientes limitaciones:

  1. El Crédito para trabajos Públicos no podrá trasferirse a ningún destino.-

Artículo 4º.- Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de recursos y/o financiamiento afectados, deberá ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas y no podrá transferirse a ningún otro destino, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal, facultado para reestructurar el presupuesto, incorporando los aportes que con destino especifico, realicen, incorporando los aportes que con destino específico, realicen organismos nacionales o Provinciales.-

Artículo 5º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, cumplido Archivase.-

                    Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 18 días del mes de Diciembre del año mil novecientos noventa y seis.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nº 30/96.-      

Scroll al inicio