ORDENANZA N°06-1995-PROYECTO PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y RECURSOS

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 06/95

VISTO:

        El proyecto de Cálculo de recursos y Presupuesto General de Gastos, y

CONSIDERANDO:

         Que se han tenido en cuenta las disposiciones reglamentarias que rigen la materia, las posibilidades de ingresos y las necesidades administrativas y de la Comunidad,

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Fijase en la suma de PESOS SETECIENTOS OCHO MIL CIEN,               ( 708.100,- ), el toral de erogaciones del presupuesto General de la Municipalidad, para el ejercicio 1995, que detalla Anexa Nro. 1, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 2º.- Estimase en la suma de PESOS SETECIENTOS OCHO MIL CIEN,           ( 708.100,- ), el total del Cálculo de Recursos, destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1ro, de acuerdo al detalle que figura en la planilla anexa 2, que forma parte de la presente ordenanza.-

Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, podrá disponer las reestructuraciones que considere necesarias, dentro del total de erogaciones fijadas en el Artículo 1ro. con las siguientes limitaciones:

       a). El Crédito para trabajos Públicos no podrá transferirse a ningún otro destino.

Artículo 4º.- Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de recursos y/o financiamiento afectados, deberá ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas y no podrá transferirse a ningún otro destino, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal, facultado para reestructurar el presupuesto, incorporando los aportes que con destino especifico, realicen organismos Nacionales o provinciales.-

Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia  del Chubut, a los 02 días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y cinco.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro. 06/95.-

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