ORDENANZA N°06-1995-PROYECTO PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y RECURSOS
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 06/95
VISTO:
El proyecto de Cálculo de recursos y Presupuesto General de Gastos, y
CONSIDERANDO:
Que se han tenido en cuenta las disposiciones reglamentarias que rigen la materia, las posibilidades de ingresos y las necesidades administrativas y de la Comunidad,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Fijase en la suma de PESOS SETECIENTOS OCHO MIL CIEN, ( 708.100,- ), el toral de erogaciones del presupuesto General de la Municipalidad, para el ejercicio 1995, que detalla Anexa Nro. 1, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
Artículo 2º.- Estimase en la suma de PESOS SETECIENTOS OCHO MIL CIEN, ( 708.100,- ), el total del Cálculo de Recursos, destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1ro, de acuerdo al detalle que figura en la planilla anexa 2, que forma parte de la presente ordenanza.-
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, podrá disponer las reestructuraciones que considere necesarias, dentro del total de erogaciones fijadas en el Artículo 1ro. con las siguientes limitaciones:
a). El Crédito para trabajos Públicos no podrá transferirse a ningún otro destino.
Artículo 4º.- Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de recursos y/o financiamiento afectados, deberá ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas y no podrá transferirse a ningún otro destino, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal, facultado para reestructurar el presupuesto, incorporando los aportes que con destino especifico, realicen organismos Nacionales o provinciales.-
Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 02 días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y cinco.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro. 06/95.-
