ORDENANZA N°24-1995-PAGO AL INTENDENTE POR VACACIONES NO TOMADAS

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 24/95

VISTO:

         La finalización del mandato al frente del DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, por parte del Intendente, Don Nelson Fabián Urrutia, y

CONSIDERANDO:

         Que en el período, en el cual ejerció su función que comprende el Período 1991-1995, el nombrado, no ha hecho uso de los períodos de Licencias Correspondientes,

          Que de acuerdo a antecedentes proporcionados por el Tribunal de Cuentas de la provincia, corresponde en estos casos, efectuar el pago por vacaciones no gozadas que correspondan, tal como se ha aplicado en este Municipio, en períodos anteriores,

          Que en consecuencia, corresponde a este Concejo Deliberante, disponer se efectúe el pago antes mencionado, al Intendente saliente.-

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Abónese al Intendente Municipal de José de San Martín, Sr. Nelson Fabián Urrutia, el monto que corresponda, por vacaciones no gozadas durante el período de Gobierno 1991 – 1995, de acuerdo a las razones del Visto y Considerando de la presente.-

Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese, cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 23 días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cinco.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 24/95.-

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