ORDENANZA N°29-1992-CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y EL INSTITUTO DE VIVIENDA

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 29/92

VISTO:

         El Convenio suscripto entre el Municipio de José de San Martín y el Instituto Provincial, de la vivienda y Desarrollo urbano, mediante el cual se propicia la concreción de una obra delegada, con asistencia financiera del Instituto, y

CONSIDERANDO:

         Que mediante el mismo se prevé la ejecución de 10 viviendas en esta localidad, destinadas a atender soluciones habitacionales y obras de infraestructuras,

          Que asimismo, se estipulan en el Convenio citado, demás modalidades y/o cláusula que hacen a la concreción de lo estipulado en el mismo,

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, provincia del Chubut, en sus de sus facultades legales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Apruébese en todo sus términos el Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de su Intendente, Don Nelson Fabián Urrutia, y el instituto provincial De la Vivienda y Desarrollo Urbano, representado por su Interventor, Don Casto de Diego Pizarro, por la cual se prevé la construcción de 10 unidades habitaciones en la localidad de José de San Martín, por el sistema de Obra Delegada.-

Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese, cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 01 días de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.-

POR LO TANTO: El intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, Promulga, la presente Ordenanza, registrada bajo el Nº 29/92.-

Scroll al inicio