ORDENANZA N°13-1991-LLAMADO A ELECCIONES GENERALES

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 13/91

VISTO:

         Que corresponde a esta Corporación Municipal, a efectuar el llamado a elecciones a fin de renovar la totalidad de los cargos electivos de la misma, y

CONSIDERANDO:

         Que en virtud de las facultades previstas en el Artículo 210 de la constitución Provincial, resulta conveniente a esta Corporación Municipal, adherir a la Ley, realizando las elecciones Municipales en forma simultanea con la de orden Provincial, bajo las mismas autoridades de Comicio y escrutinio,

          Que asimismo, se debe ordenar la apertura del Padrón Complementario de Extranjeros a, fin de posibilitarles su participación en el acto eleccionario, 

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Adherir al Decreto Provincial Nro.  832/91, del Gobierno de la Provincia, convocando a elecciones Municipales para el día 08 de Septiembre del corriente año, en forma simultánea con las elecciones para renovación de autoridades electivas provinciales, periodo 1991-1995.-

Artículo 2º.- Adherir a la Ley 3569, (Ley de Lemas), a los efectos de la renovación de autoridades electivas Municipales, para lo cual se elidirán Un Intendente y siete concejales, bajo las normas estipuladas en los artículos 10 y 11 de la Ley 3098, de Corporaciones Municipales.-

Artículo 3º.- Habilítese el padrón Suplementario de Extranjeros, por el término de Treinta ( 30 ) días a partir de la promulgación de la presente.-

Artículo 4º.- Delegase las facultades electorales Municipales, en el tribunal Electoral Provincial, para todos los efectos que se originen la presente convocatoria.-

Artículo 5º.- Adóptese como Padrón Electoral Municipal, la sección pertinente del padrón del Registro Nacional de Electores, y el Suplemento de Extranjeros, vigente a la fecha del Comicio.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones Promulga, la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 13/91.-

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