ORDENANZA N°05-1990-INCREMENTO SALARIO EMPLEADO MUNICIPAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 05/90
VISTO:
El incremento de los costos en los artículos de la Canasta Familiar, ocasionando estos un deterioro en los Salarios de los Empleados Municipales, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario efectuar un ajuste de los mismos para cubrir, el poder adquisitivo de los dependientes de la Comuna,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Fijase el monto Básico para la Categoría Número Uno del Escalafón Municipal, en la suma de AUSTRALES CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS, ( A 112,500,-), para el mes de Enero de 1990 aplicándose como índice de aumento para las demás categorías, el Coeficiente en vigencia.-
Artículo 2º.- Dejase sin efecto el Adicional por PRESENTISMO, del DIEZ POR CIENTO, ( 10 % ) a partir del 01-10-90.-
Artículo 3º.- Incrementase en un DIEZ POR CIENTO, ( 10 % ), el Adicional por ZONA DESFAVORABLE, quedando el mismo a partir del 01-10-90, en un CUARENTA POR CIENTO, ( 40 % ).-
Artículo 4º.- Dejase sin efecto la Ley 2.716, incorporándose el importe por tal concepto a BONIFICACIONES, utilizando el mismo criterio de la Ley.-
Artículo 5º.- Adoptase para las Asignaciones Familiares, lo que determina CASFEC a nivel nacional.-
Artículo 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese y cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 24 días del mes de Enero de mil novecientos noventa.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, PROMULGA la Ordenanza, registrada bajo el Número 05/90.-
