ORDENANZA N°05-1990-INCREMENTO SALARIO EMPLEADO MUNICIPAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 05/90

VISTO:

          El incremento de los costos en los artículos de la Canasta Familiar, ocasionando estos un deterioro en los Salarios de los Empleados Municipales, y

CONSIDERANDO:

          Que es necesario efectuar un ajuste de los mismos para cubrir, el poder adquisitivo de los dependientes de la Comuna,

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Fijase el monto Básico para la Categoría Número Uno del Escalafón Municipal, en la suma de AUSTRALES CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS, ( A 112,500,-), para el mes de Enero de 1990 aplicándose como índice de aumento para las demás categorías, el Coeficiente en vigencia.-

Artículo 2º.- Dejase sin efecto el Adicional por PRESENTISMO, del DIEZ POR CIENTO, ( 10 % ) a partir del 01-10-90.-

Artículo 3º.- Incrementase en un DIEZ POR CIENTO, ( 10 % ), el Adicional por ZONA DESFAVORABLE, quedando el mismo a partir del 01-10-90, en un CUARENTA POR CIENTO, ( 40 % ).-

Artículo 4º.- Dejase sin efecto la Ley 2.716, incorporándose el importe por tal concepto a BONIFICACIONES, utilizando el mismo criterio de la Ley.-

Artículo 5º.- Adoptase para las Asignaciones Familiares, lo que determina CASFEC a nivel nacional.-

Artículo 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese y cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 24 días del mes de Enero de mil novecientos noventa.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, PROMULGA la Ordenanza, registrada bajo el Número 05/90.-

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