ORDENANZA N°11-1990-ADHESIÓN LEY 3419 DEL DEPORTE PROVINCIAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 11/90

VISTO: 

             Los términos de la Ley Provincial Nº 3419, Ley del Deporte Provincial, y

CONSIDERANDO: 

              Que mediante la misma se asegura la Promoción, Asistencia, organización y Fiscalización de las Actividades Deportivas y Recretivas que se desarrollen conforme a planes y programas elaborados al efecto.

               Que este Municipio compartiendo el criterio de esta norma Legal, considera a la actividad deportiva como factor de integración de la Comunidad y de la formación del Individuo.

                Que a efecto de coordinar y promover en forma conjunta con el organismo responsable o de aplicación, las acciones a seguir en esta Comunidad, es de interés adherir a la misma, por compartir el espíritu por el cual fue creado, 

POR ELLO:

                  El Honorable Consejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en usos de sus facultades Legales sanciona la presenta:

ORDENANZA

Articulo 1º.- La Municipalidad de José de San Martín, se adhiere a las dispociones de la Ley 3419, Ley del Deporte Provincial, Promoviendo la participación de la Comunidad a través de las distintas actividades al deporte en todas sus manifestaciones.-

Articulo 2º.- Comuníquese al departamento Ejecutivo Municipal, regístrese Cumplido Archivase.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Consejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 23 días de marzo de mil novecientos noventa.-

PO LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut en uso de sus atribuciones, PROMULGA, la presente Ordenanza registrada bajo el Nº 11/90.-   

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