ORDENANZA N°11-1989-AUTORIZACIÓN DEMOLICIÓN DE HANGAR AERODROMO LOCAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 11/89
VISTO:
La nota elevada con fecha 01-03-89, a este Municipio, por el Sr: Jefe de Aeródromo José de San Martín, a efectos de comunicar requerimientos de Fuerza Aérea según CP- GHO 28 11 40 FEB-89, y
CONSIDERANDO:
Que la misma se plantea la necesidad de desarme del Hangar, ubicado en el Aeropuerto local, por razones operativas, ya que actualmente implica severas restricciones para operaciones de Aeronaves,
Que al encontrarse disuelta la comisión local del Aeroclub, es menester del Municipio, tomar parte en el caso, tal lo establece la Ley 3098, en sus Artículos 31, 32 y 33, Incisos 6 y 32, en la que faculta el Honorable Concejo Deliberante, a entender entre otras cosas al de demoliciones por razones de seguridad, así como también sobre la localización y funcionamiento de Aeródromo y Aeropuerto en Jurisdicción Municipal,
Que a los efectos de resolver la solicitud apuntada anteriormente con la celeridad requerida, es necesario legislar al respecto,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le otorga la Ley, 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, para que efectúe la demolición del Hangar ubicado en el Aeropuerto local, por las razones expuestas en los considerando de la presente Ordenanza.-
Artículo 2º.- Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir convenio con Fuerza Aérea, en donde se haga mención, el compromiso por esas autoridades, en la nota de solicitud, respecto a la reubicación del Inmueble a demoler, previo estudio conjunto entre el Municipio y Fuerza Aérea, y asegurando cubrir las mismas dimensiones en Metros Cuadrados. Este Convenio, será Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese y cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 02 días de Marzo de mil novecientos ochenta y nueve.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 11/89.-
