ORDENANZA N°33-1988-INCREMENTO SALARIAL DE 10 % EMPLEADO MUNICIPAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 33/88
VISTO:
El índice de Inflación alcanzando en el último mes de Septiembre, y
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de no producir pérdidas en el poder adquisitivo de los Salarios del Personal Municipal, es necesario efectuar los ajustes correspondientes,
Que presupuestariamente, se está en condiciones de otorgar un aumento salarial, a todo el Personal dependiente de la Municipalidad de José de San Martín,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente,
ORDENANZA
Artículo 1º.- Otorgar a partir del 01-10-88, un aumento salarial del 10 %, a todo el Personal dependiente de la Municipalidad de José de San Martín, provincia del Chubut.-
Artículo 2º.- Afectase el gasto que demande la presente a la partida presupuestaria correspondiente.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, y Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 21 días de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 33/88.-
