ORDENANZA N°05-1984-NECESIDAD DE CONTAR CON SECRETARIO LEGISLATIVO

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 05/84

VISTO:

            La necesidad de contar este Concejo con un secretario de actas y todo lo referente a este cuerpo y,

CONSIDERANDO:

            Que dicho cargo es de imperiosa necesidad para desempeñar la función antes mencionada,

POR ELLO:

            El Concejo de Deliberante del pueblo de José de San Martín, de la Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 55, capítulo III en el artículo 56 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Autorizar al Departamento ejecutivo para que se efectué la contratación del señor Jorge Baigorria, D.N.I. 16.717.744

Artículo 2º.- Dicho secretario, percibirá una retribución en concepto de haberes mensuales equivalente a la categoría 14 del personal permanente de esta planta.

Artículo 3º.- La presente designación regirá a partir del día 1 de Enero de 1984 y la erogación que la misma demande será imputada a la partida otros gastos debido a que al no estar confeccionado el presupuesto correspondiente al presente año no se le ha asignado una partida al concejo.

Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

                     Dado en la sala de sesiones del Concejo Deliberante del pueblo de José de San Martín, de la Provincia del Chubut, a los veinticinco días del mes de Enero del año mil novecientos ochenta y cuatro.-

POR LO TANTO: El Intendente de José de San Martín en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 78 de la Ley 55 promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nº 05/84.

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