ORDENANZA N°26-1984-COPARTICIPACIÓN DE INGRESOS BRUTOS

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 26/84

VISTO:

            La Ley Número 2399 por la que se asigna a las corporaciones Municipales como Coparticipación del Impuesto a los Ingresos Brutos a partir del primero de Enero de 1.984 el 18 % de lo ingresado por los contribuyentes directos, que será proporcional a los recaudado, y

CONSIDERANDO:

 La necesidad de adhesión para ser incluidos en el régimen de coparticipación-

POR ELLO:

             El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 55 sanciona la presente.

ORDENANZA

Artículo 1º.- La Municipalidad de José de San Martín acepta el régimen de la Ley Número 2399.-

Artículo 2º.- La Municipalidad de José de San Martín se compromete a suscribir convenios con la Dirección General de Rentas, para que controle y fiscalice el cumplimiento de las obligaciones Impositivas dentro de su Jurisdicción.-

Artículo 3º.- Envíese copia al Poder Ejecutivo Provincial y comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

                         Dado en la sala se sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los tres días del mes de Diciembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 55 promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Número 26/84.-

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