ORDENANZA N°26-1984-COPARTICIPACIÓN DE INGRESOS BRUTOS
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 26/84
VISTO:
La Ley Número 2399 por la que se asigna a las corporaciones Municipales como Coparticipación del Impuesto a los Ingresos Brutos a partir del primero de Enero de 1.984 el 18 % de lo ingresado por los contribuyentes directos, que será proporcional a los recaudado, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de adhesión para ser incluidos en el régimen de coparticipación-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 55 sanciona la presente.
ORDENANZA
Artículo 1º.- La Municipalidad de José de San Martín acepta el régimen de la Ley Número 2399.-
Artículo 2º.- La Municipalidad de José de San Martín se compromete a suscribir convenios con la Dirección General de Rentas, para que controle y fiscalice el cumplimiento de las obligaciones Impositivas dentro de su Jurisdicción.-
Artículo 3º.- Envíese copia al Poder Ejecutivo Provincial y comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Dado en la sala se sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los tres días del mes de Diciembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 55 promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Número 26/84.-
