ORDENANZA N°05-2011-CONSTRUCCION DE PAVIMENTO INTERTRABADO DE CUATRO CUADRAS

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

         El Convenio firmado entre la Municipalidad y la Provincia del Chubut, tendiente a la ejecución de la obra denominada CONSTRUCCION DE PAVIMENTO INTERTRABADO DE CUATRO CUADRAS EN EL CASCO URBANO, y

CONSIDERANDO:

        Que el monto comprometido por la Provincia del Chubut, para la realización de esta obra es de aproximadamente PESOS QUINIENTOS  MIL  ( $ 500.000,00).-

        Que la ejecución de la misma puede concretarse por administración propia o a través de terceros.-

        Que en caso de encomendarse su realización a terceros, en virtud del monto y según el régimen legal vigente puede efectuar directa adjudicación.-

POR ELLO:

         El Concejo Deliberante de la Localidad José de San Martín, en uso de las facultades que le confiere la Ley  XVI Nº 046 sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- APRUEBESE de manera general el Contrato de Realización de Obra suscripto entre la Corporación Municipal y el Gobierno Provincial tendiente a la realización de la obra CONSTRUCCION  DE PAVIMENTO INTERTRBADO CUATRO CUADRAS EN EL CASCO URBANO, por la suma aproximada de PESOS QUINIENTOS MIL ( $ 500.000,00 ), AUTORIZANDO al Departamento Ejecutivo Municipal a proyectar y ejecutar los trabajos íntegros y conducentes para la concreción y realización de la obra, sea por administración propia o a través de terceros, quedando facultado el Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar a través del procedimiento que correspondiera.-.-

Artículo 2º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a abrir una cuenta Especial en el Banco Chubut S.A. para el desembolso por parte de la Provincia.-

Artículo 3º.- IMPUTESE el gasto que demande esta obra a la partida Principal Obras Públicas.-

Artículo 4º.- Refrendan con su firma la presente Ordenanza los miembros integrantes del Concejo Deliberante de la localidad de  José de San Martín.-

Artículo 5º.- Regístrese, Comuníquese y cumplido Archivase.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en Sesión                   del día       de                   del año 2011, Acta Nº      /11 HCD-JSM.-

POR LO TANTO: El Ejecutivo Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales. Promulga la presente Ordenanza Registrada bajo

 Nro.         /11.- 

JOSE DE SAN MARTÍN;           DE                              DEL AÑO 2011.-

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