ORDENANZA N° 009-2024 DE MONTOS POR CONTRATACION DIRECTA
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La nota presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, referente a establecer los nuevos montos máximos para contratación directa y concurso de precios y licitación relacionado a la Obra Pública y adquisición de materiales destinados a las mismas.
La Ordenanza Nº 045/22, y la Resolución Nº 011/24 de la Secretaría de Infraestructura y Planificación de la Provincia del Chubut, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ordenanza se estableció el Régimen de contrataciones municipales;
Que en el artículo 1º de la misma se establecieron los montos máximos para las adquisiciones directas, concursos de precios y licitación, referidas a contrataciones que efectúe el Municipio destinadas a la construcción de la Obra Pública.
Que en la Resolución 011/24, la secretaría de Infraestructura y Planificación de la Provincia del Chubut fijó los nuevos montos aplicables en la Provincia.
Que resulta necesario actualizar los montos dispuestos en la Ordenanza 045/22.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Deróguese la Ordenanza Nº 045/22 HCD-MJSM
ARTÍCULO 2°: Establézcanse los montos máximos para las contrataciones que efectúe la Municipalidad, conforme a los siguientes procedimientos:
- Contratación directa: el Departamento Ejecutivo Municipal podrá contratar bajo el régimen de contratación Directa, aquellas que no superen la suma de treinta y cinco millones setecientos cincuenta y ocho mil novecientos treinta y dos pesos con veintiséis centavos ($35.758.932,26).
- Concurso privado de precios: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá contratar bajo el régimen de Licitación privada, aquellas que no superen la suma de setenta y un millones quinientos diecisiete mil ochocientos sesenta y cuatro pesos con cincuenta y un centavos ($71.517.864,51).
- Licitación Pública: El Departamento Ejecutivo Municipal contratará bajo el régimen de Licitación Pública, aquellas que superen los setenta y un millones quinientos diecisiete mil ochocientos sesenta y cuatro pesos con cincuenta y un centavo ($71.517.864,51).
ARTÍCULO 3°: Toda variación que surgiere de la Secretaría de Infraestructura y Planificación de la Provincia, referente a los montos citados; deberá ser remitida a este Concejo deliberante por parte del D.E.M.; a fin de darle el debido tratamiento, y su correspondiente marco legal.
ARTÍCULO 4°: Los montos establecidos en la Presente Ordenanza, entrarán en vigencia de manera retroactiva a partir de la promulgación de la Resolución N° 011/24 SIYP.
ARTÍCULO 5°: Regístrese, Comuníquese al D.E.M. y cumplido ARCHIVESE.-
ORDENANZA N°009/2024
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN EXTRAORDINARIA A 25 DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2024, REGISTRADA COMO ORDENANZA N°009/2024. CONSTA EN ACTA N°005/2024 DEL LIBRO DE SESIONES-HCD.

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martin, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, que le confiere la Ley de Corporaciones Municipales, Promulga la presente Ordenanza, Registrada bajo el N° 009/2024—————————————————————–
JOSE DE SAN MARTÍN, CHUBUT, 26 DE ABRIL DE 2024.-
