ORDENANZA Nº005-2021 ESTABLECER MONTOS PARA BECADOS MJS
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La Ordenanza Nº 047/2018, HCD-MJSM, y
CONSIDERANDO:
Que en dicha Ordenanza se faculta al departamento ejecutivo Municipal para que abone a las personas que se capaciten en las distintas áreas de la Municipalidad de José de San Martin una Beca de hasta pesos seis mil ($ 6.000), las que son soportadas por las arcas Municipales.
Que el monto antes referido es el máximo permitido a abonar por parte de la municipalidad y desde entonces no ha tenido incremento que le permitan al personal becario hacer frente a la inflación imperante durante todos estos años.
Que dicho monto resulta actualmente excesivamente bajo, y en consecuencia injusto para ser percibido por personas que prestan hasta cuatro horas diarias de trabajo durante todos los días de la semana.
Que resulta necesario facultar al departamento ejecutivo Municipal para que otorgue un aumento al personal becario que realice tareas de capacitación en las distintas áreas de la municipalidad de José de san Martin, que signifiquen una contraprestación digna.
Que ha sido debatido por este honorable consejo deliberante.
Que se debe dictar el correspondiente instrumento Legal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Modificar el artículo 1º de la ordenanza Nº 047/18 HCD-MJSM, quedando redactado de la siguiente manera: “artículo 1º FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal para que abone al personal contratado/becado atreves del área correspondiente un monto mínimo de pesos cinco mil ($5.000), a partir del 1º de mayo de 2021, sin retroactivo que serán soportadas por las arcas de la Municipalidad de José de San Martín”
ARTÍCULO 2°: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal para que abone al personal contratado/becado atreves del área correspondiente, un pago mínimo de pesos siete mil ($7.000), pagaderos al 1º de octubre 2021, sin retroactivo que serán soportadas por las arcas de la Municipalidad de José de San Martín”.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos al interesado, y cumplido archívese.-
ORDENANZA N° 005/2021.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA A LOS 8 DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2021, REGISTRADA COMO ORDENANZA N°005/2021. CONSTA EN ACTA N°003/2021 DEL LIBRO DE SESIONES-HCD.

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la Localidad de José de San Martin, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, que le confiere la Ley de Corporaciones Municipales, Promulga la presente Ordenanza, Registrada bajo el Nº 005/2021 ——————————————————————-
JOSE DE SAN MARTIN, CHUBUT, 09 DE ABRIL DE 2021.-
