ORDENANZA Nº 090-2017
Honorable Concejo Deliberante
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VISTO:
La nota presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, referente a la aprobación de los Capítulos VIII y XVI del Convenio Colectivo de Trabajo que rige al personal de Planta Permanente,
CONSIDERANDO:
Que el mismo se refiere al Capitulo de las Remuneraciones donde se estable los índices del salario mínimo vital y móvil y a las prestaciones complementarias remunerativas, alternativa prolongación de jornada. Que a sido diferido el tratamiento del Articulo 36, Punto 2, H) Referente al adicional por presentismo.
Que ha sido tratado en el seno de este cuerpo deliberativo y es preciso dictar el correspondiente instrumento legal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: APRUEBESE los Capítulos VIII y XVI del Convenio Colectivo de Trabajo que forma parte integrante de la presente como Anexo 1.-
ARTICULO 2°: DIFERIR el tratamiento del Articulo 36, Punto 2, H) referente al adicional por presentismo.-
ARTICULO 3º: Regístrese comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos al interesado, y cumplido ARCHIVESE.
ORDENANZA N°0902017
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTÍN, A 16 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2017. REGISTRADA BAJO ACTA N°027/2017 HCD.-
