ORDENANZA Nº108-2017

Honorable Concejo Deliberante

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VISTO:

     La Ordenanza Municipal Nº 063/2015 HCD-MJSM

CONSIDERANDO:

     Que por dicho plexo normativo se aprueba el Convenio Colectivo de Trabajo que rige el empleo público de esta Municipalidad.-

     Que por la Ordenanza del visto se aprobó parcialmente el Convenio Colectivo restando por aprobar los Capítulos VIII y XVI.-

     Que reunidos las partes interesadas; el Ejecutivo Municipal y los delegados del personal y representantes sindicales del Sindicato Asociación Trabajadores del Estado (ATE), se ha consensuado la aprobación final del Convenio Colectivo de Trabajo.-

     Que asimismo, se han consensuado los reagrupamientos del personal, privilegiando en tal tarea el mejoramiento de los salarios que actualmente perciben los trabajadores, en forma conjunta con el principio de primacía de la realidad, es decir las funciones efectivamente cumplidas.-

     Que es necesario finalizar este instrumento a los fines de garantizar los derechos de los trabajadores de la Municipalidad de José de San Martin, de plena conformidad a las previsiones del Art. 14 Bis de la Constitución Nacional, así como la normativa de Convenciones Colectivas de orden Nacional y Provincial.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN EN USO DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N° 46, SANCIONA LA PRESENTE:

ORDENANZA

Articulo 1º.- Apruébase en todos sus términos el Reagrupamiento de Personal que, como anexo forma parte integral de la presente.-

Articulo 2º.- Apruébase en todos sus términos los Capítulos VIII de las REMUNERACIONES, y XVI de las PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS, que como anexo forma parte integral de la presente.

Articulo 3º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos y cumplido archívese.-

ORDENANZA N° 108/2017

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EN SESION ORDINARIA DEL DIA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017, REGISTRADA BAJO ACTA N° 031/2017 HCD-

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