ORDENANZA N°030-2016 DE CREACION DE LA INPECTORIA GENERAL MUNICIPAL
Honorable Concejo Deliberante

VISTO:
El proyecto de Ordenanza presentado por la MJSM referente a la creación de la Inspectoría General Municipal dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que para ello resulta imprescindible establecer las funciones de la Inspectoría General.
Que la mencionada incorporación facilitara el ejercicio del Poder de Policía asignado al Departamento Ejecutivo Municipal.
Que a los efectos de alcanzar la paz social resulta indispensable deslindar aquellos vecinos que cumplen con las normas democráticas vigentes de aquellas que no las cumplan.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Crease la Inspectoría General Municipal de José de San Martin, dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTICULO 2°: la inspectoría General Municipal se encontrara a cargo del funcionario que designe para tal efecto el Departamento Ejecutivo Municipal, el cual deberá efectivizar las directivas que de este emanen.
ARTICULO 3°: La modalidad de cobro del Inspector General Municipal estará encuadrado en la Categoría N°1 del Escalafón Municipal, el cual solo podrá incrementarse previa autorización del HCD.
ARTICULO 4°: El Inspector General Municipal tendrá a su cargo el control de cumplimiento de la totalidad de la normativa vigente en la Municipalidad de José de San Martin.
ARTICULO 5°: El Inspector General Municipal cumplirá sus funciones en horarios y días que sus tareas le exijan.
ARTICULO 6°: En el marco de sus funciones, El Inspector General Municipal podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública y debiendo dejar constancia en un libro de actas todos sus procedimientos.
ARTICULO 7°: En el caso de descubrir la comisión de una infracción, El Inspector General Municipal deberá labrar un acta dejando constancia de la misma, por triplicado, debiendo entregar una copia al infractor, y otra elevara a la Asesoría Legal Municipal a cargo de la Justicia de Faltas.
ARTICULO 8°: Regístrese, comuníquese al DEM, y cumplido Archívese.
ORDENANZA N°030/2016
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTÍN, A LOS 07 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2016. REGISTRADA BAJO ACTA N°005/2016
