RESOLUCION – ABONAR POR UNICA VEZ A LOS CONCEJALES – 1988
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La actividad desarrollada por los integrantes del Honorable Concejo Deliberante, durante el año 1988, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nro 026/88 H..C.D., se fijo el Gasto de Representación mensual en Australes MIL DOSCIENTOS ( A 1.200,00 ) a percibir por cada Concejal,
Que a los efectos de cubrir gastos originados en el ejercicio de la función, es necesario otorgar una suma fija a percibir en el mes de Diciembre/88,
Que presupuestariamente, no existe impedimento para se efectué la liquidación mencionada.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades que le otorga el Artículo 60, Inciso 2º, de la Ley Nro 3098.-
R E S O L U C I O N
Artículo 1º.- Abonase por única vez, la suma de AUSTRALES DOS MIL CUATROCIENTOS, ( A 2.400,00 ), a los integrantes del Honorable Concejo Deliberante, a percibir en el mes de Diciembre de 1988.-
Artículo 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a efectuar las compensaciones presupuestarias correspondientes, a los fines del artículo anterior.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese y Cumplido Archivase.-
JOSE DE SAN MARTIN, CH. Diciembre 16 de 1988.-
RESOLUCION NRO 35/88 H.C.D.-
