RESOLUCION – CONVENIO DE LOCACION LIRIA ALLAPAN – 1988
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
El Convenio de Locación y Plan de Venta, celebrado por el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de su Intendente y la Sra. Liria ALLAPAN D.N.I. Nro 10.663.439, y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo el Municipio, hace entrega a la Sra. Liria ALLAPAN, de las llaves de una vivienda construida por el Municipio, previa conformidad de la persona mencionada, a abonar un importe mensual, como Amortización de la deuda por Venta del Inmueble,
Que asimismo, se dejan establecidas las correspondientes cláusulas, para el caso de incumplimiento a las condiciones fijadas,
Que corresponde al Concejo Deliberante, ratificar el mismo.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades que le otorga la Ley 3098.-
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Apruébese y Ratificase en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Municipalidad de José de San Martín, a través de su Intendente, y la Sra. ALLAPAN, Liria D.N.I. Nro 10.663.439, referente a la entrega de una vivienda a la persona mencionada, de acuerdo a las cláusulas y condiciones establecidas en el Convenio de referencia.-
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, Registrese y cumplido Archivase.-
JOSE DE SAN MARTIN, CH. Septiembre 09 de 1988.-
RESOLUCION NRO 25/88 H.C.D.-
