RESOLUCION – ESTABLECER SANCION POR INASISTENCIA A LOS CONCEJALES – 1997

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

         Las faldas reiteradas e injustificadas a las Sesiones de los Sres. Concejales, y

CONSIDERANDO:

         Las necesidades de anexar al reglamento interno, en forma discriminada, los distintos tipos de sanciones.-

POR ELLO:

         El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098.-

R E S U E L V E

Artículo 1º.- Establecer como sanción previa a las establecidas en el artículo 5to. Del Reglamento Interno, el descuento proporcional por inasistencia.-

Artículo 2º.- El Concejal sancionado depositará el proporcional de las inasistencias en la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese y cumplido Archivase.-

JOSE DE SAN MARTIN, CH. Agosto 25 de 1.997.-

RESOLUCION NRO 001/97 H.C.D.-

Scroll al inicio