RESOLUCION – LICENCIA BELTRAN BEROQUI – 2008
Honorable Concejo Deliberante
VISTO:
La Nota Nº 289/08 presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita autorización para hacer uso de licencia correspondiente,
Que corresponde a éste cuerpo considerar dicha solicitud, según lo establece el art. 60, de la ley 3098 de Corporaciones Municipales,
Que por tal motivo el departamento Ejecutivo debe quedar a cargo del Primer Concejal,
Que habiéndose considerado en el Seno de este Cuerpo, no existe impedimento para acceder a tal petición.
POR ELLO:
El Honorable Cuerpo Legislativo de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098,
R E S U E L V E
Artículo 1.- Otórgase la licencia referida al Sr Intendente Municipal Dn Beltrán Beroqui, por 30 días a partir del día 05-01-2009.-
Artículo 2.- Facultase en concordancia a lo dispuesto por la ley 3098, art. 12 al Concejal Rubén Osvaldo Calpanchay a ejercer la intendencia durante el lapso que dure la licencia del titular del Ejecutivo.-
Artículo 3.- Llamesé al primer suplente de la lista del oficialismo a cubrir el cargo de cuarto lugar mientras dure la respectiva licencia del Ejecutivo.
Artículo 4.- Comuníquese al departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, Cumplido ARCHIVESE.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, PROVINCIA DEL CHUBUT EN SESIÓN ESPECIAL DEL DIÁ 23 DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, REGISTRADA BAJO RESOLUCION NRO 115/08 ACTA 31/08 HCD – MJSM
