ORDENANZA Nº 122-2016 ANTEPROYECTO DE BECAS
Honorable Concejo Deliberante
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VISTO:
El Ante Proyecto presentado por los Concejales Antileo Doly y García Carlos y La Ordenanza Nº 021/2010, Ordenanza Nº 001/2016, y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, tiene la facultad de crear las Normativas Resoluciones, Ordenanzas y Declaraciones, pero no tiene la competencia en la ejecución de las mismas,
Que a la fecha no hay registro de pagos de las becas a Estudiantes de Nuestra localidad,
Que la situación económica general es preocupante y que estudiar genera una inversión elevada y que algunas familias se le dificulten mantener o se le hace dificultosa la continuidad sin alguna ayuda del estado Municipal,
Que la Ordenanza mencionada, formulan una obligación de ejecutarlas por parte del Ejecutivo Municipal,
Que habiéndose dado tratamiento en el seno de este cuerpo deliberativo y no existen objeciones al respecto.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN EN USO DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N° 46, SANCIONA LA PRESENTE:
ORDENANZA
Articulo 1º.- Cumplir en su totalidad con las Ordenanzas Nº 023/10 y Ordenanza Nº 001/16.-
Articulo 2º.- Abonar el monto estipulado para cada estudiante con retroactividad de la fecha del ciclo lectivo.-
Articulo 3º.- Se estipula un plazo de 15 días Hábiles a partir de la promulgación de la presente Ordenanza para que el Ejecutivo informe la modalidad de pago de las becas adeudadas.-
Articulo 4º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y cumplido archívese.-
ORDENANZA N° 122/2016
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSE DE SAN MARTIN, EL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 HCD.
