ORDENANZA N°20-2004 CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y EL GOBIERNO 2 CABAÑAS
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 20
VISTO:
La Nota Nro 105/04 Municipalidad de José de San y adjunto a la misma copia de Convenio firmado entre el Gobierno de la Provincia y Municipalidad local, y
CONSIDERANDO:
Que referido convenio esta relacionado con la ejecución de la obra denominada “TERMINACION DE DOS ( 2 ) CABAÑAS” en el marco del Plan de Emergencia de Empleo creado por Ley 5100 y su Decreto Reglamentario y firmado por el Sr. Gobernador de la Provincia Don Mario DAS NEVES en representación de la misma y el Sr. Intendente Municipal Don Beltrán BEROQUI por la Municipalidad de José de San Martín,
Que corresponde a este Cuerpo su aprobación.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Aprobar en todo su contenido el convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia a través del Sr. Gobernador Don Mario DAS NEVES y la Municipalidad de José de San Martín, representada por el Intendente Municipal Sr. Beltrán BEROQUI, para la ejecución de la obra denominada “TERMINACION DE DOS ( 2 ) CABAÑAS” dentro del marco del plan de Emergencia de Empleo creado por Ley 5100 y Dº reglamentario y conforme las ONCE ( 11 ) cláusulas que en el mismo se estipulan.-
Artículo 2º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la apertura de una cuenta especial en el Banco Provincia (BANCO DEL CHUBUT) Sucursal Gobernador Costa, que permita la recepción del importe correspondiente de CINCUENTA MIL PESOS ( $ 50.000 ) que aportará el Gobierno de la Provincia para su concreción.-
Artículo 3º.- Pase al Departamento Municipal a los efectos de su promulgación; comuníquese, cumpliméntese y archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 15 del mes de Julio del año dos mil cuatro.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades, Promulga la presente Ordenanza bajo el Nro 20/04
