ORDENANZA N°19-2001-LUGAR HISTORICO 1º CONTINGENTE DE GENDARMES
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 19/01
VISTO:
El contenido de la Nota LE 1-4030/02 originada en la Sección (+) “José de San Martín” de Gendarmería Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma el Sr. Jefe Comandante Don Aníbal Oreste Romero solicita al Municipio que este Cuerpo Legislativo Declara “Lugar o patrimonio Histórico de José de San Martín” la parcela s/n del Lote “B” de la Manzana 18 del Sector 1 de esta localidad,
Que tal pedido se fundamenta en que en referido lugar el 17 de Febrero de 1941 se asentó el primer contingente de Gendarmería Nacional en la Patagonia,
Que es intención de la Institución colocar una placa recordatoria del hecho con la leyenda “LUGAR HISTORICO, PRIMER ASENTAMIENTO DE GENDARMERÍA NACIONAL EN LA PATAGONIA, 17 DE FEBRERO 1941 – 11 NOVEMBRE 2.001, ADHESION DE GENDARMERÍA EN EL CENTENARIO DEL PUEBLO”,
Que tal circunstancia constituye un acontecimiento de relevancia y merece ser considerado como tal y perpetuado en el tiempo.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades que le acuerda la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Declarase PATRIMONIO HISTORICO DE JOSE DE SAN MARTÍN el predio ubicado sobre calle Ramón Díaz, entre Belgrano y Sarmiento de esta localidad, identificado como Lote “B” del sector 1, Manzana 18 en una superficie de Mts. 4,75 de frente por mts. 15 de fondo, lugar de asentamiento del primer contingente de Gendarmería Nacional en la Patogonia el 17 de Febrero de 1941.-
Artículo 2º.- Autorizase a la Sección (+) “José de San Martín” de Gendarmería Nacional, a cercar en el sitio una sepurficie de mts. 4,75 de frente por 18,50 de fondo. Lugar donde se encuentra la garita de guardia y al aljibe que sirviera para la provisión de agua, e instalar una placa recordatoria.-
Artículo 3º.- Propóngase a nivel Provincial y Nacional el reconocimiento respectivo como LUGAR HISTORICO.-
Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos desee conocimiento a la Repartición de Gendarmería nacional; regístrese, cumpliméntese y Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión ordinaria del día 01 de Noviembre del dos mil uno.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, Promulga la presente Ordenanza Municipal, registrada bajo el Nro 19/01.-
