ORDENANZA N°02-1997-50% DE DESCUESTO IMPUESTO AL COMERCIO

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 02/97

VISTO:

         La necesidad de implementar una norma impositiva que favorezca al Comercio Local, y

CONSIDERANDO:

         Que tal legislación debe apuntar a aquellos comerciales que mantienen sus compromisos al día,

          Que asimismo éste debe contemplar beneficios para aquellos comerciantes que cancelen sus impuestos al comercio de un solo pago y por adelantado,

          Que de esta forma a la vez que serviría de incentivo a este sector de contribuyentes, redundaría en un mínimo apoyo, dado el momento de crisis que hoy se vive.-

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Aplíquese a partir de la puesta en vigencia de la Ordenanza y hasta el día 28 de Febrero de 1.997, a todo contribuyente con la tasa de Impuesto al comercio al día que se presente a cancelar por adelantado la totalidad de los correspondientes al año 1997, un descuento del 50 % sobre el total a abonar.-

Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese y cumplido archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 27 días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 02/97.-

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