ORDENANZA N°02-1997-50% DE DESCUESTO IMPUESTO AL COMERCIO
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 02/97
VISTO:
La necesidad de implementar una norma impositiva que favorezca al Comercio Local, y
CONSIDERANDO:
Que tal legislación debe apuntar a aquellos comerciales que mantienen sus compromisos al día,
Que asimismo éste debe contemplar beneficios para aquellos comerciantes que cancelen sus impuestos al comercio de un solo pago y por adelantado,
Que de esta forma a la vez que serviría de incentivo a este sector de contribuyentes, redundaría en un mínimo apoyo, dado el momento de crisis que hoy se vive.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Aplíquese a partir de la puesta en vigencia de la Ordenanza y hasta el día 28 de Febrero de 1.997, a todo contribuyente con la tasa de Impuesto al comercio al día que se presente a cancelar por adelantado la totalidad de los correspondientes al año 1997, un descuento del 50 % sobre el total a abonar.-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese y cumplido archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 27 días del mes de Enero de mil novecientos noventa y siete.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 02/97.-
