ORDENANZA N°04-1990-PRORROGA DEL IMPUESTO INMOBILIARIO
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 04/90
VISTO:
Que aun no se han determinado los nuevos valores de la Ordenanza General Impositiva y complementaria del año 1990, y
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de no interrumpir la percepción de los mismos, es necesario adoptar un sistema de anticipo para el presente año,
POR ELLO:
El Honorable Consejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Tómese como anticipo de tasas, Impuestos y Contribuciones para el año 1990, el cien por ciento de los valores estipulados en la Ordenanza General Impositiva año 1989, hasta tanto se determinen los valores definitivos.
Artículo 2º.- No estarán comprendidos en lo estipulado por el artículo anterior, los siguientes rubros, a los cuales se fija el correspondiente porcentaje de incremento:
- CAPITULO V
DERECHOS SOBRE EL COMERCIO EN LA VIA PÚBLICA:
Se aplicara el 430 % de incremento sobre los valores vigentes del año 1989.-
- CAPITULO XIII
OTORGAMIENTO Y RENOVACION LICENCIA DE CONDUCIR:
Se aplicará el 430 % de incremento sobre los valores del año 1989.-
- PLASTIFICADO DE TODO TIPO:
Se aplicará el 430 % de incremento sobre los valores de 1989.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 24 días de Enero de mil novecientos noventa.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 04/90.-
