ORDENANZA N°20-1989-CONVENIO ENTRE MUNICIPIO Y SECRETARIA DE VIVIENDA

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 20/89

VISTO:

          El Convenio celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal a través de su Intendente, y la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental, y

CONSIDERANDO:

          Que mediante el mismo se acuerda el cumplimiento por parte del Municipio, de lo dispuesto en la Ley Número 21.581, referente a los aportes correspondientes al Fondo nacional de la Vivienda,

          Que el mencionado Convenio fue firmado AD-REFERENDUM del Honorable Concejo Deliberante.-

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Ratificase en todo sus términos el Convenio celebrado entre el Municipio de José de San Martín, y la Secretaria de Vivienda y ordenamiento Ambiental, relacionada al cumplimiento de las disposiciones emanadas de la Ley Número 21.581.-

Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, y cumplido Archivase.-

                     Dada en al sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 20/89.-

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