ORDENANZA N°03-1984-NOTIFICACIÓN DE PRESTAMO DE MATERIALES

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 03/84

VISTO: 

          El informe y documentación puesta a disposición de este concejo y,

CONSIDERANDO: 

          En los mismos que en ejercicios anteriores se ha presentado diversos elementos y materiales, siendo los mismos necesarios para ejecutar obras este Honorable Concejo sanciona la siguiente. 

ORDENANZA

Artículo 1º.- Notificar y emplazar a toda persona e instituciones que hayan recibido en préstamo con cargo a devolución materiales o elementos para la construcción.

Artículo 2º.- En un término no mayor de 30 días efectuar la devolución correspondiente.

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

                     Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del pueblo de José de San Martín, de la Provincia del Chubut, a los 02 días del mes de febrero del año 1984.-

POR LO TANTO: El Intendente de José de san Martín en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 78 promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 03/84.-

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