ORDENANZA N°04-2011-CORDONES CUNETA 3º ETAPA

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

  El Contrato firmado entre la Provincia del Chubut y el Ejecutivo Municipal tendiente a la ejecución de la obra denominada “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA  3º ETAPA”, y

CONSIDERANDO:

          Que el Monto comprometido por la Provincia del Chubut para la realización de la obra es de aproximadamente PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($ 550.000,00),

          Que la misma puede ser ejecutada por administración municipal o a través de terceros contratistas.-

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la  Municipal de  José de San Martín, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 046 sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- APRUEBASE íntegramente el Contrato suscripto entre la Corporación Municipal y la Provincia del Chubut en relación a la obra denominada “CONTRUCCIÓN  CORDON CUNETA 3º ETAPA”, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a proyectar y ejecutar los trabajos íntegros y conducentes para la realización de la obra, sea por administración propia o a través de terceros, en este caso efectuar adjudicación directa, concurso de precios y/o licitación según corresponda, adjudicar, contratar, subcontratar, inspeccionar, certificar y abonar los trabajos, como también realizar la compra de materiales hasta la total provisión de los mismos.-

Artículo 2º.- IMPUTESE el gasto a la Cuenta y/o Partida Obras Públicas.-

Artículo 3º.- refrendan con su firma la presente ORDENANZA los miembros integrantes del Concejo Deliberante de la localidad de  José de San Martín.-

Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese y cumplido Archivase.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en Sesión Ordinaria del día 9 de Mayo del año 2011, Registrada bajo Ordenanza Nº 04/11 Acta Nº 010/11 HCD-JSM.- 

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