DECLARACION Nº003-2026 DE CREACION DE UN ALBERGUE SOCIOESTUDIANTIL EN LA CIUDAD DE ESQUEL

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

La necesidad de los habitantes de José de San Martín de contar con un espacio de alojamiento permanente en la ciudad de Esquel para fines sanitarios, administrativos, y fundamentalmente, educativos; 

CONSIDERANDO:

Que la ciudad de Esquel representa el polo educativo mas importante de la región, albergando sedes de la Universidad Nacional de la Patagonia (UNPSJB), la Universidad del Chubut (UDC), Institutos de formación docente y centros de formación profesional.

Que el desarraigo que enfrentan los jóvenes de nuestra localidad al finalizar sus estudios secundarios de ve agravado por la actual crisis de alquileres en Esquel, donde la escasa oferta y los altos costos impiden que muchas familias puedan sostener el alojamiento de sus hijos, truncando así sus posibilidades de educación superior.

Que la educación es una herramienta de movilidad social ascendente y que el Estado Municipal debe ser facilitador de oportunidades, evitando que la situación económica de una familia sea un obstáculo para el acceso al conocimiento.

Que, paralelamente, persiste la problemática de los vecinos que viajan por derivaciones medicas al Hospital Zonal o centros de mayor complejidad, quienes requieren de un lugar digno de descanso durante tratamiento o acompañamiento de familiares internados.

Que un Albergue Mixto (Social-Estudiantil) permitiría optimizar recursos, brindando una solución habitacional estable para estudiantes durante el ciclo lectivo y plazas de contingencia para derivaciones de salud o trámites administrativos.

Que la posesión de un terreno propio en Esquel no solo ahorraría erogaciones presupuestarias futuras en concepto de subsidios de alojamiento, sino que constituiría un activo estratégico para la comunidad de José de san Martín.

Que es imperativo que el Ejecutivo local gestione con su par de Esquel la identificación de tierras fiscales que, mediante convenios de reciprocidad o cesión gratuita, puedan ser destinadas a este fin de alto impacto social.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY XVI N°46, SANCIONA LA PRESENTE:

DECLARACION

ARTÍCULO 1°: INSTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar ante la Municipalidad de Esquel la cesión de un terreno fiscal destinado a la construcción de un “Centro Integral de Alojamiento de José de San Martín”, con funciones de albergue estudiantil y residencia para derivaciones sociales y de salud.

ARTÍCULO 2°: SOLICITAR al Ejecutivo Municipal que, a través de las áreas de Educación y Desarrollo Social, realice un relevamiento de la demanda actual de estudiantes sanmartinianos en Esquel para dimensionar las capacidades necesarias del futuro edificio.

ARTÍCULO 3°: PROPICIAR la creación de una mesa de trabajo conjunta con el Gobierno de la Provincia del Chubut para incluir la construcción de dicho albergue en el presupuesto de obra publica o mediante programas de financiamiento específico para infraestructura social.

ARTÍCULO 4°: PROPONER la firma de convenios de colaboración con las instituciones educativas de Esquel y el Ministerio de Educación de la Provincia par el apoyo en la gestión y mantenimiento de las plazas estudiantiles.

ARTÍCULO 5°: COMUNICAR al Poder Ejecutivo Provincial, a la Legislatura del Chubut y al Honorable Concejo Deliberante de Esquel a fin de buscar apoyo institucional y financiamiento para el proyecto.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, comuníquese, dese a difusión y cumplido archívese.

DECLARACION N°003/2026; 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS 14 DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2026, REGISTRADA COMO DECLARACION N°003/2026. CONSTA EN ACTA N°010/2026 DEL LIBRO DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO. –

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