ORDENANZA N°118-2013 DE FIJACION DEL SUELDO EJECUTIVO MUNICIPAL
Honorable Concejo Deliberante

VISTO:
El Articulo 60, inciso I de la Ley XVI N°46, la cual establece que “constituyen atribuciones y deberes del Concejo Deliberante fijar el Sueldo o Gastos de representación del Intendente”, y
CONSIDERANDO:
Que, teniendo en cuenta la Ordenanza vigente N°32/2011, la cual determina la modalidad de cobro y el monto del sueldo del titular del Ejecutivo Municipal y que establece en el Articulo N° 1 la cantidad de seis sueldos básicos de la categoría 01 del escalafón del personal municipal, que en el Articulo N°2 establece que en esta retribución tenga incremento a todo ajuste o aumento del personal administrativo y operativo de la Municipalidad de José de San Martín.
Que, todo aumento del sueldo del Ejecutivo Municipal y la planta política debe ser independiente y responder a criterios de oportunidad y conveniencia, que muchas veces son distintos de los que se utilizan para analizar el aumento de sueldos de los empleados.
Que, la decisión de aumentar automáticamente el sueldo del intendente cuando el cuerpo legislativo decida aumentar el sueldo del personal de la planta compromete futuras decisiones del cuerpo, en detrimento de sus propias facultades.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY N°XVI-46, SANCIONA LA PRESENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Establézcase en el monto de sueldo del Intendente y Autoridades Superiores quedara fija al sueldo al sueldo percibido y fijado en el mes de Diciembre de 2013.
ARTICULO 2°: Establézcase que todo nuevo aumento de sueldo del Intendente y autoridades Superiores deberá contar con autorización exclusiva del HCD;MJSM.
ARTICULO 3°: Determínese que el aumento de sueldo de la planta permanente será independiente al aumento de sueldo de la planta política.
ARTICULO 4°: Deróguese los Artículos 1 y 2 de la Ordenanza N°030/2011, Promulgada Bajo el N° 032/2011
ARTICULO 5°: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIAPLIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN, PROVINCIA DEL CHUBUT, EN SESION ESPECIAL A LOS 20 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013, SEGÚN LA CONSTA EN ACTA N°37/2013; ORDENANZA N° 118/2013
