ORDENANZA N°001-2005 CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y LA SECRETARIA DE EMPLEO
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 01
VISTO:
La Nota 034/05 Municipalidad de José de San Martín y convenio Adjunto, y
CONSIDERANDO:
Que el mismo refiérase a la firma del convenio de Financiamiento de proyecto préstamo BIRF 7157 –AR Programa Jefes de Hogar – Componentes Materiales celebrado entre la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a través de la Coordinación del Proyecto relativo al programa Jefes de Hogar, con domicilio en Avenida Leandro Alem 638 de Capital Federal y representada por el C.P.S. Sergio Edgardo Devia en su carácter de Coordinador General, y la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, representada por su intendente Municipal Don Beltrán Beroqui, para la construcción de un salón de uso “Múltiples en esta localidad”,
Que corresponde a este Cuerpo Legislativo proceder a su aprobación, no existiendo objeciones para tal fin.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut en uso de sus facultades, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese el convenio firmado entre la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo empleo y Seguridad Social de la Nación a través de la Coordinación del proyecto programa Jefes de Hogar Préstamo BIRF 7157 – AR con domicilio en Avda Leandro N. Alem de Capital Federal representada por el C.P. Sergio Edgardo VEVIA (DNI Nro 10.365.192) Coordinador General programa Jefes de Hogar y la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, representada por su Intendente Municipal Don Beltrán Beroqui ( DNI Nro 16.841.718) para el financiamiento por parte de la Secretaría de Empleo de la Nación ( Resolución SE 774) de la suma de VEINTITRES MIL NOVENTA Y SIETE PESOS ( $ 23,97 ) recurso financiero no reembolsables para la “ construcción del SUM con Cocina” en esta localidad ( Proyecto Municipal Nro 137 ).-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos y cumplido archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, Patagonía Argentina a los 25 días del mes de Febrero del año dos mil cinco.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades promulga la presente Ordenanza bajo el Nro 01/05.-
