ORDENANZA N°002-2005 CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y EL CONCEJO NACIONAL MUJER
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 02/05
VISTO:
La Nota 035/05 Municipalidad de José de San Martín, y convenio adjunto, y
CONSIDERANDO:
Que referido convenio ha sido firmado entre el Concejo Nacional de la Mujer, dependiente del Concejo nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, representado por su presidenta Lic., María Lucila Colombo y la Municipalidad de José de San Martín, representada por su Intendente Municipal Don Beltrán Beroqui, encuadrado dentro del programa de Promoción del Fortalecimiento de la Familia y el Capital Social ( PROFAM ),
Que corresponde a este Cuerpo Legislativo se aprobación, no existiendo impedimentos para tal fin.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese en sus cinco artículos y anexos de que consta, el convenio firmado entre el Concejo Nacional de la Mujer dependiente del Concejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación representado por su presidente Lic. María Lucila Colombo ( DNI Nro 10.220.058 ) con domicilio en Paseo Colón 275, 51 piso de Capital Federal y Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, representada por su Intendente Municipal Don Beltrán Beroqui ( 16.841.718 ) referido al financiamiento por parte del Programa de Promoción del Fortalecimiento de la Familia y el Capital Social del C.N.M. de un importe no reembolsable de $ 29.998,16 ( VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS CON 16/100 ) para la ejecución del proyecto sobre un monto total de $ 37.497,70 ( TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS CON 70/100 ) cuya diferencia resultante será aportado por la entidad Ejecutora.-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos y cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 25 del mes de Febrero del año dos mil cinco.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades, Promulga la presente Ordenanza bajo el Nro 02/05
