ORDENANZA N°44-2004 APROBAR LA VENTA DE LEÑA POR LA MUNICIPALIDAD
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 44
VISTO:
La venta de leña realizada por el Ejecutivo Municipal a distintos vecinos de esta localidad entre los meses de Mayo a Noviembre de 2.003, y
CONSIDERANDO:
Que la venta de la leña se realizo en ocasión es en las que los comerciantes locales no poseían leña para la venta al público,
Que la leña fue extraída en forma directa por el ejecutivo municipal de un predio cedido a tales fines,
Que el valor de venta fue el mismo que el establecido en los comercios locales.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de las facultades que le otorga la Ley 3098 ordena,
Artículo 1º.- Aprobar la venta de leña que ha realizado el ejecutivo Municipal a distintos pobladores de esta localidad entre los meses de Mayo a Noviembre de 2.003.-
Artículo 2º.- Aprobar la incorporación de esos fondos en la cuenta de rentas generales con el objeto de destinarlos a recuperar parte de lo invertido en la extracción de la leña.-
Artículo 3º.- Notifíquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y fecho archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, a los 16 días del Mes de Diciembre del año dos mil cuatro.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades, Promulga la presente Ordenanza bajo el Nro 44/04.-
