ORDENANZA N°01-2003 HORARIO DE CONSUMO DE AGUA
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 01/03
VISTO:
El derroche de agua potable que a diario se observa en la localidad, y
CONSIDERANDO:
Que no se toma conciencia que por tratarse de un recurso natural NO renovable se deben arbitrar las medidas necesarias para evitar su uso indiscriminado,
Que resulta necesario establecer un horario para que este elemento indispensable sea utilizado para fines que no sean los correspondientes dentro del grupo familiar,
Que si bien es la Cooperativa de Servicios Eléctricos Vivienda y Consumo Limitada la concesionaria en la presentación de este elemental servicio, es atribución de este Órgano Legislativo fijar normas legales que pongan límites o restricciones en cuanto al uso para actividades distintas al consumo, limpieza e higiene propias de cada familia.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Se establece como horario permitido para riego, lavado de veredas y vehículos, diariamente entre 07;00 y 09;00 Hs y entre 20;00 y 23;00 hs.-
Artículo 2º.- Se solicita a la población en general respetar los horarios establecidos y restringir el uso indiscriminado de agua potable para fines que no sean el de Higiene personal, consumo, limpieza y otros necesarios en el hogar.-
Artículo 3º.- El preservar este recurso NO RENOVABLE garantizará la calidad de vida de todos en general, evitando las molestias que se carencia genera.-
Artículo 4º.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, remítase copia a la Cooperativa de Servicios Eléctricos Vivienda y Consumo Limitada “Tehuelches”, dese a difusión y cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 06 del mes de Marzo del año dos mil tres.-
6 El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, en uso de sus facultades que le son propias, Promulga la presente Ordenanza bajo el Nro 01/03.-
