ORDENANZA N°08-2003 LLAMADO A ELECCIONES PARA OCUPAR CARGOS ELECTIVOS MUNICIPALES

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 08/03

VISTO:

         Que corresponde efectuar el llamado a  elecciones a fin de renovar la totalidad de cargos electivos Municipales, y

CONSIDERENDO:

         Que en virtud de las facultades previstas en el artículo 2330 inciso 7º de la Constitución Provincial, resulta conveniente adherir al Decreto Provincial 717/03 realizando las elecciones Municipales de manera simultánea con las de Orden Provincial, bajo las mismas autoridades de comicios y escrutinio.-

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Adherir al Decreto Provincial Nro 717/03 del Gobierno de la Provincia convocando a elecciones Municipales para el día 09 de Noviembre del corriente año, en forma simultánea con las elecciones para renovación de autoridades electivas Provinciales período 2003 al 2007.-

Artículo 2.- A los efectos de la renovación de autoridades electivas Municipales, se elegirán INTENDENTE y CONCEJALES  bajo las normas estipuladas en los artículos 10ª y 11ª del Capitulo I de la Ley Nro 3098.-

Artículo 3º.- Delegase las facultades electorales Municipales, en el Tribunal Electoral Provincial para todos los efectos que de origen la presente convocatoria.-

Artículo 4º.- Adoptase como Padrón Electoral Municipal, la sección pertinente del Padrón del Registro Nacional de Electores vigente al momento del acto eleccionario.-

Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial dentro de los plazos fijados en el artículo 10ª del Decreto 717/03; dese conocimiento al Ejecutivo Municipal a sus efectos y cumplido Archivase.-

Artículo 6º.- De Forma

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut en sesión Ordinaria del día 17 del mes de Julio del año 2.003.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades, Promulga la presente Ordenanza bajo el Nro 08/03.- 

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