ORDENANZA N°14-2003 CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA Y BAJA AUTOMOTOR

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 14/03

VISTO:

         Que es frecuente entre particulares la transferencia de vehículos automotores registrados y patentados en esta Municipalidad, y

CONSIDERANDO:

         Que tal circunstancia origina en algunos casos el cambio de radicación del rodado,

         Que por tal motivo con posterioridad es requerida la BAJA y certificación de  LIBRE DEUDA del vehículo por parte del interesado,

          Que resulta necesario establecer y/o ratificar normas legales vigentes para su otorgamiento.-

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Para el otorgamiento del certificado de LIBRE DEUDA y BAJA de todo vehículo automotor registrado y patentado en la Municipalidad de José de San Martín, el propietario u solicitante NO deberá mantener deudas por tal concepto correspondientes a años anteriores, debiendo a la vez estar al día el pago relación al año en que se solicita y al momento en que ello ocurra.-

Artículo 2º.- No se extenderán certificaciones de LIBRE DEUDA y/o BAJA de rodados que habiéndose concretado su transferencia a terceros en años anteriores, no observen el cumplimiento de lo expresado en el artículo precedente de la presente.-

Artículo 3º.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y demás efectos, comuníquese y cumplido archivase.-

                          Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, provincia del Chubut, en sesión Ordinaria del día 09 del mes de Octubre del año dos mil tres.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades, promulga la presente Ordenanza bajo el Nro 14/03.-

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