ORDENANZA N°01-2002 ADHESIÓN LEY 4154 POR DECRETO 1953

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 01/02

VISTO:

        Que a la fecha la Provincia ha prorrogado en sus plazos y alcances el estado de emergencia económica, financiera, administrativa, educativa y provisional en todo el territorio provincial, y

CONSIDERANDO:

         Que resulta necesario adherir a la misma en todos sus términos.

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Adherir en todos sus términos y sin excepciones a la prórroga de la Ley 4154 y sus modificatorias de acuerdo a Ley 4791 de fecha 11/12/2001, promulga mediante Decreto 1953 del Ejecutivo Provincial, a partir del 01/01/2002 y hasta el 31 de Diciembre del 2.002.-

Artículo 2º.- Regístrese pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuníquese y cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión extraordinaria del día 25 del mes de Enero del año dos mil uno.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades, promulga la presente Ordenanza bajo 01/02.-

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