ORDENANZA N°03-2002 AUTORIZACIÓN PARA PAGO EN LECOP
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 03/02
VISTO:
La Ordenanza 21/01 Municipalidad de José de San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que la actual situación económica por la que atraviesa nuestro País exige un rectificación en cuanto al porcentaje máximo fijado para el pago de sueldos, jornales y otros que dependen de este Municipio en letras de cambio LECOP.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Rectificase el porcentaje máximo en el artículo 1º de la Ordenanza 21/01 Municipalidad de José de San Martín, para el pago de sueldos, jornales y otros a personal Municipal en letras de cambio LECOP, autorizando el Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los mismos hasta en un 100 % en referidas letras de cambio.-
Artículo 2º.- Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese y cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Extraordinaria del día 14 de Febrero del dos mil dos.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades Promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 03/02.-
