ORDENANZA N°03-2002 AUTORIZACIÓN PARA PAGO EN LECOP

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 03/02

VISTO:

         La Ordenanza 21/01 Municipalidad de José de San Martín, y

CONSIDERANDO:

         Que la actual situación económica por la que atraviesa nuestro País exige un rectificación en cuanto al porcentaje máximo fijado para el pago de sueldos, jornales y otros que dependen de este Municipio en letras de cambio LECOP.-

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Rectificase el porcentaje máximo en el artículo 1º de la Ordenanza 21/01 Municipalidad de José de San Martín, para el pago de sueldos, jornales y otros a personal Municipal en letras de cambio LECOP, autorizando el Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los mismos hasta en un 100 % en referidas letras de cambio.-

Artículo 2º.- Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese y cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión Extraordinaria del día 14 de Febrero del dos mil dos.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades Promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 03/02.-

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