ORDENANZA N°13-2001-AUTORIZAR LA COMPRA DE MEDICAMENTO CASA ELENA

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 13/01

VISTO:

         Que la Municipalidad de José de San Martín viene realizando desde hace aproximadamente treinta años compras en comercios denominados “Casa Elena”, y

CONSIDERANDO:

          Que la propietaria, como ocurrió en anterior gestión de gobierno es concejal suplente,

           Que referido comercio es único expendedor de medicamentos en la localidad, y que el Municipio extiende órdenes para adquisición de remedios a personas y familias cadenciados de las localidad que por su situación económica no pueden trasladarse a otras localidades a realizar las compras,

           Que la urgencia que presupone la administración de medicamentos requiere de fácil y rápido acceso a su adquisición, por lo que necesariamente se debe acudir al Botiquín de Farmacia existente en referido comercio,

            Que de igual manera y en casos de necesidad y urgencia se han adquirido y adquieren útiles de oficina indispensables para el normal desenvolvimiento administrativo del Organismo.-

POR ELLO:

             El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Aprobar y Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal la compra de medicamentos en el comercio denominado “Casa Elena” de esta localidad, como asimismo la adquisición de útiles de oficina que excepcionalmente y en caso de necesidad y urgencia corresponda.-

Artículo 2º.- La autorización y aprobación será considerada para el caso en que la propietaria no desempeñe funciones como titular del Cuerpo.-

Artículo 3º.- Si por cualquier circunstancia la propietaria del local debiera asumir como titular del Cuerpo, solo la adquisición de Medicamentos será contemplada como excepción dentro de la presente norma legal por los considerandos precedentes.-

Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese y cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión ordinaria del 31 de Mayo del año dos mil uno.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, en uso de sus facultades legales, Promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 13/01.-V

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