ORDENANZA N°31-2000-CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y ANDES DEL SUR CONSTRUCCIÓN PLAYON

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 31/00

VISTO:

         El Convenio firmado el día 12 de Diciembre del corriente año entre la Municipalidad de José de San Martín y la Empresa “Andes del Sur S.R.L.”, y

CONSIDERANDO:

         Lo beneficioso que resultaría para el Municipio la ejecución de la obra en cuestión en tanto y en cuanto significaría un importante ingreso de dinero a las cuentas municipales y la posibilidad de ocupar mano de obra local.-

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1.- Ratificase en todo su contenido el convenio firmado entre la Municipalidad de José de San Martín y la empresa “Andes del Sur S.R.L.” con fecha 12 de Diciembre de Dos Mil y referente a la construcción de un Playón de 421 m2 en una estación de propiedad de la empresa suscripta.-

Artículo 2º.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, cumpliméntese y Archivase.-

                          Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 14 días del mes de Diciembre del año dos mil.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098, promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 31/00.-

Scroll al inicio