ORDENANZA N°21-1999-CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y EL MINISTERIO DE HACIENDA
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 21/99
VISTO:
El Convenio suscripto entre el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, representada por el Sr. Ministro, ingeniero Ismael retuerto y la Municipalidad de José de San Martín, representada por su Intendente Municipal Sr. Juan Bautista Baigorria, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo la Provincia se compromete a efectuar el financiamiento necesario para la concreción de las Obras de la ejecución de Redes de Gas propano y Planta de Almacenaje y Vaporización en el ejido de la localidad de José de San Martín,
Que el Monto del Préstamo que se otorgará a la Municipalidad importa la Suma de Pesos, Cincuenta y siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Cinco, ( $ 57.485,00 ),
Que habiéndose considerado y analizado en el Seno de éste Cuerpo no existe impedimento para su aprobación.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese y Ratificase en todo sus términos, el Convenio suscripto, entre la Municipalidad de José de San Martín, representada por su Intendente Dn. Juan Bautista Baigorria y el Ministerio de Hacienda Obras y Servicios Públicos, de la Provincia, representada por el Sr: Ministro, Ingeniero Ismael Retuerto, por el cual, la Provincia se compromete a efectuar el financiamiento necesario, para la concreción de las Obras en ejecución, de Redes de Gas Propano y Planta de Almacenaje y Vaporizado en el ejido de la localidad de José de San Martín, por un Monto de Pesos, Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Cinco, ( $ 57.485,00 ).-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 12 días del mes de Octubre del año mil novecientos noventa y nueve.-
POR LO TANTO: El intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga, la presente Ordenanza, registrada bajo el Nº 21/99.-
