ORDENANZA N°22-1998-CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y MIGUEL CURZIO
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 22/98
VISTO:
El Convenio entre el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de su Intendente, Dn Juan Bautista Baigorria, y el Sr. Marcelo Miguel Curzio D.N.I.Nº Nro 12.619.900, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo, el Municipio de José de San Martín, prorroga la vigencia del Convenio de concesión del Servicio que presta el Matadero Municipal,
Que la prorroga citada se extiende hasta el 31 de Enero de 1999,
Que en el citado Convenio se establece las condiciones a que estarán sujetas las partes,
Que no existe impedimento para proceder a su aprobación correspondiente,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- apruébese y ratificase en todos sus términos, el Convenio de concesión del Servicio del Matadero Municipal, suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de su Intendente, Dn. Juan Bautista Baigorria, y el Sr. Marceo Miguel Curzio, D.N.I.Nº 12.616.900.-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 07 días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 22/98.-
