ORDENANZA N°25-1997-CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y EL BLOQUE CORDILLERANO NOROESTE
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 25/97
VISTO:
El Convenio suscripto entre este Municipio y el Bloque Cordillerano del Noroeste del Chubut para el Control de la Hidatidosis, y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo, se comprometen a poner en marcha acciones a corto y mediano plazo tendientes a controlar esta grave enfermedad,
Que asimismo se dejan estipuladas demás cláusulas que hacen al compromiso asumido por las partes de conformidad,
Que analizado el mismo, en el Seno de este Cuerpo, no existe impedimento alguno para su aprobación.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese y ratificase en todos sus términos, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de José de San Martín, y el Bloque Cordillerano del Noroeste del Chubut para el control de la Hidatidosis.-
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 01 días de mes de Diciembre de mil novecientos noventa y siete.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, Promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 25/97.-
