ORDENANZA N°04-1996-ADHIERASE A LA LEY PROVINCIAL 4514
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 04/96
VISTO:
La Ley Provincial Nº 4.154, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, el gobierno de la Provincia del Chubut declara el estado de Emergencia Económica y Administrativa Provincial,
Que a tal situación de emergencia no escapa el Municipio de José de San Martín,
Que a fin de adoptar criterios similares al del Estado Provincial, tendientes a revertir tal difícil situación, resulta necesario adherir en todo cuanto tenga relación con los Municipios, y en particular con el Municipio de José de San Martín.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Ahdierase la Municipalidad de José de San Martín, a la Ley Nº 4154, sancionada recientemente por el Gobierno de la provincia, en todos sus términos.-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 26 días del mes de Enero del año mil novecientos noventa y seis.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 04/96.-
