ORDENANZA N°05-1996-APROBAR EL PROGRAMA VOLUNTARIO CONTRAPRESTACIÓN SOLIDARIO

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 05/96

VISTO:

         El Proyecto denominado Programa Voluntario de Contraprestación Solidaria, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, y

CONSIDERANDO:

         Que el mismo consiste, en ofrecer a integrantes de familias asistidas mediante el Plan Alimentario PO.SO.CO., la alternativa de contribuir con mano de obra, devolviendo de esta manera a la comunidad mediante aporte en trabajo, la ayuda que solidariamente reciben de parte del Estado,

          Que de esta manera se posibilitará al Municipio, organizar y ejecutar distintos tipos de tareas, dentro de la comunidad, para lo cual contará con la mano de obra correspondiente,

          Que habiéndose considerado en el Seno de este Cuerpo, coexiste impedimento para la aprobación del mismo.

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Aprobar la puesta en marcha del proyecto denominado “PROGRAMA VOLUNTARIO DE CONTRAPRESTACION SOLIDARIA”, con el fin apuntado en el considerando de la presente.-

Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese, cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 12 días del mes de Febrero del año mil novecientos noventa y seis.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 05/96.-

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