ORDENANZA N°13-1996-PRORROGAR CONCESIÓN PARADOR DE MICROS
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 13/96
VISTO:
La finalización del plazo inicial de SEIS MESES, por el cual fuera otorgado en concesión el Parador de Micros Municipal, a favor del Sr. Juan Carlos Rodríguez, y
CONSIDERANDO:
Que el actual concesionario ha manifestado su predisposición en continuar al frente de este Servicio,
Que la prestación de este Servicio, resulta de vital importancia para la comunidad,
Que habiéndose evaluado el funcionamiento del mismo por este Cuerpo, no existe impedimento para acceder a la prorroga del mencionado Convenio.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Prorrogar a partir de la aprobación de la presente, por el término de Veinticuatro meses la vigencia del Convenio de concesión del Parador de Micros Municipal, a favor del Sr. Juan Carlos Rodríguez.-
Artículo 2º.- Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a considerar el periodo de gracia contemplado en cláusula Tercera del citado Convenio, en cuanto a la ampliación del mismo, si el funcionamiento y rentabilidad así lo exigen.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, provincia del Chubut, a los 08 días del mes de Abril de mil novecientos noventa y seis.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones promulga la presente ordenanza, registrada bajo el Nro. 13/96
