ORDENANZA N°04-1995-EXIMIR DE IMPUESTOS STAD FIESTA ZONAL DEL CARNAVAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 04/95
VISTO:
Los términos de la nota decepcionada, enviada por integrantes de la Comisión que se encuentra organizando la 1ra. Fiesta Zonal del Carnaval, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicitan la eximisión del pago de los impuestos a los Stand que se exhibirán durante los días de espectáculos,
Que fundamentan tal petición, ya que cuentan con varias Instituciones y personas interesadas en explotar distintos rubros,
Que habiéndose considerado esta petición, no existe impedimento para acceder a lo solicitado.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Eximir del pago de los impuestos Municipales, a los distintos Stand que se montaran durante los días 17, 18 y 19 de Febrero del presente año, fecha de realización de la 1ra. Fiesta Zonal del Carnaval.-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los solicitantes, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 16 días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y cinco.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones Promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro. 04/95.-
