ORDENANZA N°17-1995-CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y JUAN C. RODRIGUEZ
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 17/95
VISTO:
El Convenio suscripto entre la Municipalidad de José de San Martín a través de su Intendente Don Nelson Fabián Urrutia y el Sr. Juan Carlos Rodríguez D.N.I. Nº ,y
CONSIDERANDO:
Que el mismo se suscribe con la finalidad de otorgar en Concesión al Parador de Micros Municipal, cuyo funcionamiento y prestación de este Servicio, resulta de vital importancia para la localidad,
Que asimismo se dejan estipuladas las cláusulas, que hacen al compromiso asumido por las partes de conformidad,
Que habiéndose considerado por este Cuerpo, no existe impedimento para la ratificación de dicho Convenio.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese y ratificase en todos sus términos, el Convenio de concesión, suscripto entre la Municipalidad de José de San Martín y el Sr. Juan Carlos Rodríguez,
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 05 días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y cinco.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 17/95.-
